martes, 26 de noviembre de 2013

La voz de la afición: «Un nuevo marco legal sobre la fiesta»

Abrimos una Sección para que todos los aficionados/as puedan tener su voz y opinión a través de nuestra página. Si quieren colaborar con esta sección, no duden en enviar su artículo a nuestra dirección de correo electrónico, y su articulo o comentario, será expuesto en esta sección.
Nuestro socio Juan Manuel Pérez Alarcón, ha publicado en su Blog «Y Digo Yo...» un artículo de opinión en el que se debate sobre la realidad jurídica de la fiesta, - la que conoce por su formación profesional en Sevilla - y que con su permiso, reproducimos para nuestros socios/as y aficionados/as, quedando así inaugurada esta sección que lleva por nombre, «La Voz de la afición»

«Un nuevo marco legal sobre la fiesta

Esta semana se ha aprobado en el Senado una Ley importante para la Tauromaquia, lo que supone un primer acercamiento para reconocer jurídicamente a la Fiesta de los toros. Ha sido un debate singularmente cómodo para aquellas posturas que defendían, con fundamentos y no vaguedades, la Iniciativa Legislativa Popular que, aún siendo formulaba por miles de aficionados, no se creía ciegamente en la finalidad y en su recorrido, para que la norma se tramitase sin ambages o tintes políticos. Al final como siempre, algunos partidos o coaliciones han optado por la ambigüedad (Psoe) – en contrapunto con lo que ocurre en Andalucía -, la demagogia (ERC/Coalición canaria e IU) o por el simple rechazo competencial (PNV e CIU), para aprobar una norma cuyo texto y valor normativo es cuestionado ya que no será plenamente ejecutivo en aquellas Comunidades Autónomas donde la competencia en materia taurina es exclusiva,  por lo que se puede denominar al texto aprobado, de una forma ligera, como una mera declaración de intenciones positivas a favor de la fiesta. Es un gran paso, que era necesario, pero sin apenas repercusión estructural en donde la fiesta necesita algo más  oxigeno. 
Como aficionado a los toros, y por ser un humilde jurista que ha tenido relación con la normativa taurina al tener, en mi condición de funcionario público, responsabilidades administrativas que afectaban a la materia, he analizado todo el engranaje legal existente en el ordenamiento jurídico y debo expresar que tras la aprobación de esta Ley en la que se regula la tauromaquia como patrimonio cultural, debe existir la voluntad, política y sectorial, de ¿derogar o modificar? la Ley 10/1991, de 4 de abril, sobre potestades administrativas de espectáculos taurinos (en adelante, LET), con el firme propósito de adaptarla a las necesidades y conveniencias de un espectáculo del Siglo XXI. 
El texto aprobado sólo modifica el artículo 12 de la LET para cambiar la estructura de la Comisión Nacional de Asuntos Taurinos y volver a redefinir su diseño y representación (no olvidemos que se trata de un órgano consultivo, y no ejecutivo), y hay que reivindicar que la fiesta necesita no sólo una protección cultural, sino también una protección básica integral que, en todo caso, garantice de forma clara los derechos y deberes de los espectadores, la integridad del toro, (en cuanto a su sanidad, bravura e intangibilidad de sus defensas), una efectiva clasificación de los espectáculos taurinos – conforme a la realidad existente –, un nuevo diseño de las infracciones y sanciones, y por último, que se protejan los derechos laborales de todos los profesionales taurinos.
En la propia Exposición de Motivos de la LET ya se expresaba que al aprobarse la Constitución Española, el régimen jurídico de la Fiesta de los Toros, - con el fin de homologar su estructura jurídica, a los distintos avatares políticos, económicas y sociales de la época -, había cambiado y era necesario la aprobación de un nuevo marco legal, y es con esa misma justificación lo que provoca que en pleno Siglo XXI, se debería redefinir y adaptar la nueva realidad administrativa al espectáculo taurino. 
Lo ideal sería la aprobación de una Ley Marco, que posibilitara que las Comunidades Autónomas - aunque sus Parlamentos podrían aprobar sus leyes propias sobre la materia – tuvieran un texto legal, definido y amparado por la Comisión Nacional Taurina, y que arbitrase, la nueva realidad de un espectáculo, frente a las distintas realidades autonómicas (17) y pusiera el punto de inflexión normativo en la nueva realidad jurídica que la fiesta demanda. Apostemos ahora por ello, y que nuestras Autoridades se acuerden de esa protección integral de las potestades administrativas en materia taurina.»
Artículo de Juan Manuel Pérez Alarcón, de fecha 10 de noviembre de 2013, publicado en el Blog citado.

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